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Igualdad en la prueba de acceso a la universidad

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Carlos J. Molina López. Profesor de Matemáticas en la Enseñanza Secundaria en el Instituto Provincial de Educación Permanente (IPEP) de Almería
La decisión de iniciar estudios universitarios va a condicionar una etapa importante de la vida de un estudiante. El sistema educativo actual, comprende las enseñanzas de educación primaria, secundaria (obligatoria y post obligatoria) y superior, incluyéndose en esta última la enseñanza universitaria. Todas ellas habrán de adaptarse al alumnado con necesidades educativas especiales, entendiendo por tales, a quienes requieran, por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta, garantizando el acceso, la permanencia y la progresión de este alumnado en el sistema educativo.

En los últimos años, las universidades españolas han realizado un importante esfuerzo para recoger, dentro de sus líneas de actuación, diferentes programas y actividades que respondan a las recomendaciones de organismos nacionales e internacionales dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación y a garantizar una vida universitaria que sólo tenga como límites las capacidades intelectuales individuales. La legislación universitaria actual hace referencia directa a la necesidad de que las universidades dispongan de "servicios de apoyo y asesoramiento adecuados, que evalúen las necesidades de posibles adaptaciones".

Las necesidades educativas especiales de un alumno/a de Bachillerato, que pretenda acceder a la Universidad, normalmente, no van a desaparecer cuando realice las Pruebas de Acceso a la Universidad (PAU) o Selectividad. Por tanto, es lógico pensar, que dichas pruebas se adapten en procedimiento, forma y tiempo, a las necesidades específicas que se puedan presentar.

Con tal motivo, el apoyo del Instituto donde se haya cursado el Bachillerato, conforme a las necesidades educativas especiales presentadas a lo largo de esa etapa y probablemente detectadas desde más atrás (Educación Primaria y Secundaria), debe de ser primordial. El Equipo de Orientación del Instituto, en este sentido, debe ser fundamental. Debe de desempeñar el papel de interlocutor entre ambas partes, estudiante y Universidad, y, por tanto, realizar las gestiones para solicitar y disponer de las adaptaciones necesarias durante las pruebas, dirigiéndose a los responsables que organicen las PAU.

De esta manera, se asegura que, durante la prueba, todo el mundo esté en igualdad de condiciones y, por lo tanto, se realicen las adaptaciones oportunas para cada materia objeto de examen, y se disponga de los elementos técnicos y materiales específicos y del soporte personal que cada estudiante requiera. Medidas que se han de determinar, de acuerdo con las adaptaciones curriculares cursadas en el Bachillerato, a través de los informes de los servicios de orientación correspondientes y que podrán consistir en la adaptación de los tiempos, la elaboración de especiales modelos de examen y la puesta a disposición del estudiante de los medios materiales y humanos, de las asistencias y apoyos y de las ayudas técnicas que precise para la realización de la prueba de acceso, así como en la garantía de accesibilidad de la información y la comunicación de los procesos y la del recinto o espacio físico donde ésta se desarrolle.

Por tanto, si lo que perseguimos todos es una educación de calidad, es justo que todos los alumnos/as estén en igualdad de condiciones, de principio a fin.
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