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Las competencias profesionales como instrumento para favorecer la formación permanente

Artículo de opinión

Ser competente implica no sólo poseer conocimientos teóricos para el ejercicio de una profesión, sino que conlleva un saber práctico que va más allá de la experimentación en un contexto académico. La cualificación profesional se adquiere no sólo a través de las vías formales de formación, sino también a través de la experiencia laboral


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Inmaculada Rosa Pina. Licenciada en Pedagogía y Máster en Orientación Profesional. Orientadora laboral en Mancomunidad de Municipios "Monte Ibérico" (Albacete)
Introducción

La Ley Orgánica 2/2005 de 19 de junio de las Cualificaciones y de la Formación Profesional supuso un cambio sustancial en la manera de organizar las enseñanzas de formación profesional y su adecuación a las demandas del mercado laboral.

La organización de dichas enseñanzas en un Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional (SNCFP), proporcionó un referente común para los dos subsistemas que lo componen: la Formación Profesional en el Sistema Educativo y la Formación Profesional para el empleo. El elemento unificador para ambos subsistemas son las Cualificaciones Profesionales que se encuentran recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales (CNCP) y se ordenan en 26 familias y 5 niveles de cualificación.

Entre las funciones que tiene asignadas el CNCP, está la de adecuar progresivamente la oferta de formación profesional a un mercado laboral sujeto a constantes cambios derivados de los avances tecnológicos y organizativos que implica la sociedad del conocimiento. Como consecuencia de ello, la exigencia de cualificación y adaptabilidad de los/as trabajadores/as es cada vez mayor, por lo que la oferta de formación profesional ha de ser coherente con dichos requerimientos.

El aspecto más innovador de esta norma, es el reconocimiento de los aprendizajes adquiridos a través de la experiencia laboral y otras vías de formación. En el Artículo 3.5 incluye "Evaluar y acreditar oficialmente la cualificación profesional cualquiera que hubiera sido la forma de su adquisición", como uno de los fines del SNCFP. Se reconoce, por tanto, la adquisición de aprendizajes fuera de los sistemas tradicionales y se les equipara su valor para poder ser acreditados oficialmente.

¿Qué son las competencias profesionales y cómo favorecen la formación permanente?

En los términos establecidos en la Ley Orgánica 2/2005, entendemos por cualificación profesional, un conjunto de competencias profesionales con significación para el empleo que pueden ser adquiridas mediante formación modular u otros tipos de formación así como a través de la experiencia laboral. A su vez, nos referimos a la competencia profesional como al conjunto de conocimientos y capacidades que permiten el ejercicio de la actividad profesional conforme a las exigencias de la producción y el empleo.

De ambas definiciones podemos extraer la idea de que ser competente implica no sólo poseer conocimientos teóricos (saber) para el ejercicio de una profesión, sino que conlleva un saber práctico (saber hacer), que va más allá de la experimentación en un contexto académico, se refiere sobre todo a las habilidades y destrezas, que se adquieren por el desarrollo de una determinada actividad profesional. Es por ello que la cualificación profesional se adquiere no sólo a través de las vías formales de formación, también puede ser adquirida a través de la experiencia laboral, y ser reconocida y acreditada oficialmente.

Las competencias profesionales se dividen a su vez en unidades de competencia, que constituyen el agregado mínimo de conocimientos y habilidades con significación para el empleo que pueden ser reconocidas y acreditadas oficialmente. Cada unidad de competencia tiene asociada una serie de módulos formativos (si se trata de formación profesional para el empleo) o módulos profesionales (formación profesional en el sistema educativo) que deben cursarse para recibir esa certificación; que darán lugar a su vez a la obtención de Certificados de Profesionalidad o Títulos de formación profesional.

Esta manera común de articular las enseñanzas de formación profesional permite que los aprendizajes puedan se acumulables, hasta completar un itinerario que conduzca a la titulación oficial, y transferibles entre ambos subsistemas. Los aprendizajes adquiridos y acreditados pueden ser reconocidos tanto por las administraciones laborales como educativas, de manera que, un módulo formativo realizado a través un curso de formación para el empleo puede coincidir en contenidos con un módulo profesional incluido en un ciclo formativo, y por lo tanto puede ser homologados para ambos subsistemas con el fin de facilitar al alumnado que complete su itinerario formativo conforme a sus necesidades, disponibilidad horaria y preferencias en las modalidades de formación.

Por otro lado el reconocimiento de las competencias profesionales adquiriditas a través de la experiencia laboral, permite la capitalización del aprendizaje que se obtiene con la práctica profesional y es un incentivo para que aquellas personas que lo deseen puedan continuar su formación y mejorar sus posibilidades de acceso al mercado laboral, sobre todo en aquellas profesiones en las que la posesión de una titulación oficial es el requisito obligatorio de acceso.

Conclusiones


La organización de un sistema de formación profesional basado en la adquisición, desarrollo y reconocimiento de competencias profesionales está en consonancia con los cuatro pilares fundamentales de la educación establecidos por la Unesco, Aprender a conocer, Aprender a hacer, Aprender a vivir juntos, aprender a vivir con los demás, Aprender a ser. En tanto que la competencia profesional implica también una variable personal pues no sólo es observable a través de los resultados de la producción, también se refleja en la relación con el entorno de trabajo y las personas que lo forman.

Favorecer el aprendizaje a lo largo de la vida es uno de los principios básicos del actual sistema educativo y una necesidad del sistema productivo dónde la temporalidad, la movilidad laboral y los avances tecnológicos implican que los/as trabajadores/as deban formarse para poder adaptarse a nuevos empleos cada vez más cualificados.

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