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La atención a la diversidad cultural en las aulas de Andalucía

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Mª Gádor Sánchez Mendías. Maestra de Educación Primaria (Andalucía)
La diversidad cultural en la escuela es, hoy por hoy, una realidad tangible en nuestras aulas, así como un nuevo reto al que los docentes debemos hacer frente.

La reducción de la tasa de natalidad en España durante los últimos años, se ha recuperado considerablemente con la llegada de la inmigración a nuestro país, según las estadísticas del total de nacimientos, uno de cada cinco fue de madres extranjeras. Esto ha supuesto un relevante aumento de población en edad escolar. La llegada de la población inmigrante, como consecuencia de las desigualdades sociales y la globalización del mercado laboral, ha modificado ampliamente los esquemas tradicionales de nuestra sociedad e igualmente, también ha afectado como es lógico a la institución escolar, como subsistema de la sociedad. Generalmente las diferencias culturales se suelen asociar a conflictos y dificultades, sin embargo de lo que se trata es de lograr que el espacio escolar se enriquezca a través del conocimiento de otras culturas distintas a la nuestra.

La interculturalidad es, por tanto, una temática que debe ser considerada de vital importancia en nuestro sistema educativo. A continuación, pongo de manifiesto como ésta se encuentra presente en la legislación educativa andaluza, Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (LEA):

“El sistema educativo andaluz, guiado por la Constitución y el Estatuto de Autonomía para Andalucía, así como por los principios del sistema educativo español establecidos en el artículo 1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, se fundamenta en los siguientes principios:

g) Reconocimiento del pluralismo y de la diversidad cultural existente en la sociedad actual, como factor de cohesión que puede contribuir al enriquecimiento personal, intelectual y emocional y a la inclusión social”.


Entre los principios en los que se fundamenta el sistema educativo andaluz, encontramos el anteriormente reseñado, el cual hace alusión a que la diversidad cultural debe ser considerada como un elemento enriquecedor.

En su Artículo 38, referente a las competencias básicas de las enseñanzas obligatorias, se hace mención de forma explícita a las ocho competencias básicas que el alumnado debe alcanzar al finalizar la Educación Obligatoria, concretamente dos de ellas muestran una relación directa con la interculturalidad, se trata de la competencia “Social y Ciudadana” y de la competencia “Cultural y artística”:

“e) Competencia social y ciudadana, entendida como aquella que permite vivir en sociedad, comprender la realidad social del mundo en que se vive y ejercer la ciudadanía democrática”.

“f) Competencia cultural y artística, que supone apreciar, comprender y valorar críticamente diferentes manifestaciones culturales y artísticas, utilizarlas como fuente de disfrute y enriquecimiento personal y considerarlas como parte del patrimonio cultural de los pueblos”.


Del mismo modo en su Artículo 39. Educación en valores, se especifica que el currículum deberá incluir, entre otros, los aspectos de respeto a la interculturalidad y a la diversidad.

“5. Asimismo, el currículo incluirá aspectos de educación vial, de educación para el consumo, de salud laboral, de respeto a la interculturalidad, a la diversidad, al medio ambiente y para la utilización responsable del tiempo libre y del ocio”.

La puesta en práctica, día a día, desde las aulas de la legislación que ampara nuestro sistema educativo, requiere el desarrollo de proyectos y planes, además de legislación específica que la sustente. En consecuencia, con objeto de atender a las necesidades que los docentes encuentran en las aulas y de ofrecer recursos que les permitan dar respuesta de forma satisfactoria a las demandas derivadas de la diversidad cultural, podemos destacar:

El Centro de Recursos para la Atención a la Diversidad Cultural en la Educación (CREADE) nació como un proyecto del IFIIE (Centro de Formación del Profesorado, Investigación e Innovación Educativa) desde el propio Ministerio de Educación. En la actualidad, es un referente a nivel nacional, que presenta los siguientes objetivos: ofrecer recursos interculturales, sistematizar información al respecto, desarrollar materiales, fomentar la investigación en este ámbito, ofrecer asesoramiento y formación a los profesionales, promover espacios orientados a la reflexión así como, facilitar información relacionada con los sistemas educativos de origen del alumnado inmigrante.

El II Plan Integral para la Inmigración en Andalucía establece una serie de medidas reunidas en once áreas de intervención: socioeducativa; sociosanitaria; sociolaboral; inclusión y bienestar social; equipamientos, alojamiento y vivienda; cultura, ocio y participación; atención jurídica; formación; investigación; sensibilización social, y cooperación al desarrollo.
Desde el Área Socioeducativa de dicho plan se establecen los siguientes objetivos:
  • Facilitar la escolarización, en cualquier época del año, de todas las niñas y niños pertenecientes a familias inmigrantes, en las mismas condiciones que el alumnado andaluz.
  • Favorecer la adaptación de la atención educativa a las características y necesidades de este alumnado.
  • Favorecer que los Centros Educativos elaboren proyectos de centro, que contemplen la perspectiva intercultural, que faciliten y promuevan procesos de intercambio, interacción y cooperación entre las culturas.
  • Potenciar programas de apoyo al aprendizaje de la lengua española para el alumnado inmigrante.
  • Mantener y valorar la cultura de origen del alumnado inmigrante.
  • Favorecer un clima social de convivencia y respeto, fomentando que los centros educativos sean un núcleo de encuentro y difusión de los valores democráticos, no sólo de la comunidad educativa sino del propio entorno donde se desarrolle la actividad.
  • Aportar al alumnado inmigrante de lengua no española una enseñanza que facilite su integración y que prevea el estudio de la lengua española y la promoción de la enseñanza de la lengua materna.
  • Promover el acceso y la continuidad de la población adulta inmigrante en los diversos niveles de la educación permanente.
  • Establecer estrategias de intervención para la incorporación de nuevas líneas de trabajo en la educación permanente relacionada con la población inmigrante
Para ello, será fundamental que los centros educativos constituyan Proyectos de Centro, que se sustenten en la atención a la diversidad cultural, ya que la escuela es un espacio óptimo para que el alumnado aprenda a convivir en igualdad. La valoración de la interculturalidad en el ámbito educativo deberá ir encaminada a fomentar el respeto entre todas las personas que conforman la comunidad educativa, con independencia de su realidad cultural.

Concretamente, el Decreto 167/2003, de 17 de junio por el que se establece la ordenación de la atención educativa al alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a condiciones sociales desfavorecidas, dedica su Sección Segunda al alumnado inmigrante en situación de desventaja sociocultural. Estableciendo en su Artículo 26 una serie de medidas para atender a este tipo de alumnado. Será preciso para ello incorporar en el Plan de Compensación Educativa y/o en el Plan Anual de Centro elementos tales como: Programas de acogida y de aprendizaje del español, medidas de carácter curricular, pedagógico u organizativo que faciliten su acceso, así como acciones específicas de desarrollo de la identidad cultural propia de este alumnado

Igualmente desde la Orden de 15 de febrero de 2007, por la que se regulan las medidas y actuaciones a desarrollar para la atención del alumnado inmigrante y, especialmente las Aulas Temporales de Atención Lingüística (ATAL), se recogen las actuaciones que, desde el centro educativo, deben desarrollarse ante la llegada de este tipo de alumnado. Se trata de un programa para la enseñanza-aprendizaje del español como lengua vehicular, que será impartido por profesorado específico, cuya finalidad es que estos alumnos sigan las actividades y el ritmo propios del nivel educativo en el que son escolarizados, en función de su edad y nivel de competencia curricular. Dicha actuaciones podrán ser desarrolladas dentro del aula o fuera de ella si se percibe una considerable incomprensión del español por parte del alumnado. Los aspectos organizativos y de funcionamiento de dichas aulas quedarán recogidos en el Proyecto de Centro.

Es evidente que, para convertir en realidad esta propuesta, es fundamental la colaboración de los diferentes agentes y entidades que conforman nuestra sociedad. Son diversos y numerosos los expertos requeridos para tal fin, trabajadores sociales, mediadores interculturales, educadores sociales, docentes, etc., profesionales todos ellos que forman parte del ámbito social y educativo.

Referencias bibliográficas:

Consejería de Gobernación (2007): II Plan Integral para la Inmigración en Andalucía 2006-2009. Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía.

MUÑOZ SEDANO, A. (1997). Educación Intercultural. Teoría y práctica. Madrid, E. Española.

SIGUAN, M (1998). La escuela y los inmigrantes. Barcelona. Paidós.

VILLALBA, F., HERNÁNDEZ, M. Y AGUIRRE, C. (1999), Orientaciones para la enseñanza de español a inmigrantes y refugiados. Madrid, Ministerio de Educación y Ciencia.

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