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Formación de Postgrado: demasiada oferta, ¿quién elige y con qué criterio?

Artículo de opinión

Hasta ese momento, el máster era un título que, si bien tenía presencia anterior en las universidades españolas como título propio, carecía de validez oficial como título universitario.


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Juan Casado Canales. Director General de Universidades e Investigación. Consejería de Educación. Junta de Castilla y León
El sistema universitario español se encuentra actualmente en un proceso de adaptación al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) que se inició con la Declaración de Bolonia, en 1999, y que previsiblemente culminará en 2.010. Una de las consecuencias de dicha adaptación ha sido la regulación del sistema español de titulaciones, basado en tres ciclos o niveles de enseñanzas que permitirán obtener el título de grado, máster y doctorado. El nivel de grado "comprenderá enseñanzas básicas orientadas a la preparación para el ejercicio de actividades de carácter profesional”, el segundo ciclo y tercer ciclo son considerados enseñanzas de postgrado.

El Real Decreto 56/2005, de 21 de enero, por el que se regulan los estudios universitarios oficiales de Postgrado (BOE de 25 de enero de 2005) introduce por primera vez el título oficial de máster dentro de nuestro sistema universitario. Hasta ese momento, el máster era un título que, si bien tenía presencia anterior en las universidades españolas como título propio, carecía de validez oficial como título universitario. En dicho R.D. se establece que el máster corresponde al segundo ciclo del nuevo sistema universitario y tendrá una extensión mínima de 60 créditos y máxima de 120 créditos.

A partir de la publicación de dicho R.D. y de las correspondientes adaptaciones normativas en las diferentes CC.AA., las universidades españolas han adoptado dos caminos: por una parte, incluir parte de sus másters dentro del sistema de titulaciones oficiales, para lo cual, lógicamente, han tenido que acogerse a los procedimientos oficiales de acreditación y control establecidos por la legislación vigente; y por otra, han mantenido otros másters fuera del sistema oficial, dentro de la oferta formativa que, junto con los títulos de "Especialista” y "Experto Universitario”, o similares, constituyen lo que se conoce como "Títulos propios”.

Como características más significativas de los estudios de segundo ciclo señalaremos, en primer lugar, "estarán dedicados a la formación avanzada, de carácter especializada o multidisciplinar, dirigida a una especialización académica o profesional o bien a promover la iniciación en tareas investigadoras”, tanto sean oficiales o no, es por tanto una formación específica para el desarrollo de actividades profesionales de alta cualificación, para ejercer en el mundo laboral o la para el ejercicio de actividades de investigación.

En segundo lugar, lo importante es la formación que facilite ese desarrollo de actividades de alta cualificación que son demandadas en un momento concreto por los empleadores.

En tercer lugar, la consagración de que las necesidades de actualización tecnológica constante, exige una formación continuada y adaptada a lo largo de la vida.

En cuarto lugar, el éxito de la formación de postgrado va a estar siempre muy vinculado a los procesos de I+D+I, en las distintas formas que se presenta en el mundo laboral.

Por lo tanto, las características que definen la Formación de Postgrado serían:

a) Alta cualificación
b) Adaptabilidad permanente a las necesidades del marcado laboral.
c) Orientada al empleo (Demanda de los clientes, promoción de servicios de calidad, etc.)
d) Plural y flexible
e) Valorada en función de su éxito en la empleabilidad (puesto de trabajo, nivel de salario, satisfacción en el empleo, etc.)

Desde esa valoración tienen cabida por tanto, el mantenimiento de la formación de postgrado oficial y la no oficial mantenida por las propias universidades o por entidades privadas de tipo empresarial, los dos planteamientos siempre y cuando ambos cumplan con lo requisitos que anteriormente se han especificado.

Para los centros universitarios, los "títulos propios” (másters no oficiales) constituyen una fuente de financiación de considerable interés, puesto que no están sujetos a la regulación de precios públicos que afecta a los máster oficiales. Por otra parte, el hecho de estar sometidos a menos requisitos administrativos y a menor intervención de las Administraciones permite y la vez exige una mayor flexibilidad a la hora de adaptar la oferta y modificar los títulos o contenidos, horarios, pues es cada universidad la que establece las condiciones, aprueba los programas, etc., Por ello, la oferta en cuanto a tipo de cursos, modalidades (presencial, semipresencial, a distancia…) contenidos, etc., es amplísima.

Esa mayor flexibilidad y facilidad de adaptación permite una mayor permeabilidad a las necesidades del mercado laboral y de la sociedad en general, de manera que se puede dar una respuesta más inmediata en el caso de que se detecten carencias formativas en determinados campos (falta de profesionales o poca profundización en la formación de profesionales de ciertas áreas, por ejemplo).

Estas características hacen que los títulos propios sean interesantes también para el alumnado, pues permiten encontrar programas que se adapten a gran variedad de necesidades en cuanto a contenidos, destinatarios, horarios, dedicación, etc. Es el modo de hacer atractiva la oferta y para ampliar a qué tipo de "cliente” va dirigida esta oferta, suele ser un profesional que ya está integrado plenamente en el mercado laboral y quiere actualizarse, que no necesita un título oficial para iniciar andaduras, desea adquirir conocimientos concretos y prácticos y dispone de tiempo limitado tras su horario habitual de trabajo.

Pero no todo son ventajas para los "títulos propios”, la primera desventaja es, precisamente, la falta de validez oficial. Si bien pueden ser aceptados como méritos en el campo laboral, siempre que se trate de empresas privadas, carecen de esa acreditación, que es precisamente la que les da una cierta "universalidad”, un reconocimiento nacional e internacional (precisamente por la convergencia europea) y una "equiparabilidad” con los estudios de grado de otras instituciones.

El respaldo que a los títulos oficiales concede la legislación vigente, por el control de las Administraciones a la hora de autorizar su impartición, y por el control posterior a que van a ser sometidos por parte de las diferentes Agencias para la Calidad del Sistema Universitario, hace que en ocasiones el público en general perciba dicho respaldo como una garantía de calidad. Eso no quiere decir que los títulos de postgrado sean necesariamente de menos categoría que los oficiales, pues hay títulos de gran tradición y probada calidad, impartidos por instituciones de reconocido prestigio.

Tampoco es de despreciar la desventaja que supone que al ser títulos propios, tampoco son aplicables una serie de beneficios económicos para el alumnado, como becas y otro tipo de ayudas, por lo que este tipo de programas aún siendo de calidad en ocasiones, por un criterio de selección económico, hay programas de postgrado que quedan fuera del alcance de muchos alumnos por falta de recursos económicos.

En todo caso, en la medida que los postgrados oficiales respondan a las exigencias que antes se han comentado, menos campo quedará para la formación de postgrado no oficial y a la inversa.

Evidentemente, la variedad de oferta y tipología va a favorecer el aprendizaje a lo largo de la vida de un mayor número de personas, dado que los intereses y necesidades de las personas no se pueden concretar en unas fórmulas. Pero será necesario que el usuario tenga la información clara y precisa para conocer desde el principio lo que puede esperar de cada una de las ofertas para que sus decisiones sean fundamentadas y claras desde el principio hasta el final.

Quizás hubiera que hacer un buen ejercicio para empezar a clarificar todos los términos que en este momento se están utilizando y acotar lo que se incluye en cada uno de ellos.

Es tal la oferta de títulos y tal la información o tal vez la "desinformación” por ser información confusa, que un padre deberá volverse loco si desea elegir una buena formación de postgrado para su hijo. Por otra parte,¿la elige él o el propio alumno?, ¿en función de que parámetros?, ¿de la publicidad?, ¿de la cercanía del centro?, ¿de donde se han ido los amigos?, ¿de si el coste es mas elevado y eso asegura que debe ser "mejor”…,?, tantos parámetros y ninguno certero.

Cuando este artículo se publique tendremos ya el nuevo Real Decreto por el que se establece la Ordenación de las enseñanzas Universitarias Oficiales, recuerdan… el inicio de este artículo hacía referencia a uno anterior, no olvidemos que hemos aprobado masteres oficiales y doctorados, es decir postgrados de acuerdo a líneas generales emanadas del Espacio Europeo de Ecuación Superior sin tener desarrollado ni definido ni aprobado ni un solo grado, tal vez por una vez iniciar la casa por el tejado de buen resultado, pero tal vez todos estos másters oficiales y no oficiales haya que revisarlos cuando tengamos por fin definidos los nuevos grados. Siempre tendremos que tener en cuenta todo lo relacionado con las cualificaciones profesionales, uno de los temas claves en este momento en los trabajos de la Comisión de Educación en el ámbito de la Unión Europea.

En todo caso, nunca la formación supuso un error, ni la actualización de conocimientos una pérdida de tiempo, y no esta mal recordar a aquel sabio que decía que el "saber no ocupa lugar”.
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