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"Se tendría que valorar en gran medida la experiencia previa, ya sea en la privada, en la pública o en unas prácticas iniciales bien evaluadas. En segundo lugar, habría que incluir en los temarios una buena parte de temas relacionados con la profesión"
Entrevista
Los funcionarios docentes pueden ser maestros, profesores de instituto de secundaria y bachillerato, profesores de ciclos de formación profesional y profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas.
Su actividad básica es la docencia; pueden solicitar comisiones de servicio renovables para dedicarse a proyectos de investigación didáctica, pero siempre pertenecen al Cuerpo de docentes al que opositaron.
¿Cuáles son las razones por las que una persona decide presentarse a unas oposiciones a cuerpos docentes?
Entra en el terreno de lo personal, pero podemos suponer que el opositor desea iniciar una carrera profesional como profesor, o bien, si ya la ha iniciado en el sector privado, acceder al sector público. También se da el caso, no infrecuente, de los que llevan algún tiempo ejerciendo en el sector público como interinos y desean un acceso a una situación mejor como funcionarios.
Ejercer como docente en la Administración Pública es una de las salidas laborales escogidas con mucha frecuencia por los licenciados. ¿Existen diferencias en la proporción de licenciados que optan por esta opción en el caso de licenciaturas de ciencias respecto de las licenciaturas de letras? ¿Por qué cree que sucede?
Sí, existe una notable diferencia porque los licenciados en ciencias pueden optar a un mayor número de salidas profesionales.
¿Cuál es el momento de la vida profesional en el cual recomendaría optar a una oposición: una vez finalizados los estudios requeridos para tener acceso a ella o tras unos años de experiencia? ¿Qué pros y contras existen en cada caso?
La respuesta es muy distinta según el tipo de oposiciones a que nos refiramos. Sobre la base de unas oposiciones como las actuales, y con el único objetivo de superarlas, el mejor momento es inmediatamente después de aprobar el último curso de los estudios requeridos. Sin embargo, esta posibilidad no es nada conveniente para la calidad del sistema, ni para el candidato que desea iniciar una vida profesional de calidad: el año de prácticas actualmente obligatorio está absolutamente burocratizado, ya que el candidato ejerce de profesor desde el primer día y no recibe ninguna orientación. Las oposiciones son, así, un nuevo listón académico, sin relación alguna con el ejercicio de la profesión. Aparte de que se van a convertir en la última exigencia para el funcionario. Así está la secundaria. Resumiendo: las oposiciones, tal como están ahora, no favorecen la calidad del sistema, ni los resultados de los alumnos, ni la satisfacción profesional de los docentes.
¿Facilitan alguna orientación desde los Colegios de Licenciados para conocer las salidas profesionales de cada licenciatura además de la docencia?
Sí, los Colegios intentamos conocer todas las posibles salidas laborales y las nuevas profesiones emergentes, y procuramos orientar específicamente a cada colegiado según su formación académica y su experiencia.
¿Cuál es el perfil del opositor a cuerpos docentes? ¿Qué diferencias existen entre los aspirantes a la docencia no universitaria (maestros y secundaria) y a la universitaria?
Cada cuerpo tiene un perfil distinto. Los maestros, por regla general, han estudiado con la idea de dedicarse a la docencia y normalmente hace poco tiempo que los opositores han terminado la diplomatura.
En el caso de secundaria no hay un perfil tan definido. Encontramos jóvenes recién licenciados que quieren ser docentes, licenciados que hace mucho tiempo que son interinos y quieren consolidar una plaza fija, y licenciados que han trabajado en otros ámbitos y desean cambiar de ocupación.
Por otra parte, el licenciado que oposita a plazas universitarias tiene que estar estrechamente vinculado a una universidad -sea como profesor en prácticas, asociado, adjunto, etc.- , y para la mayoría de los cuerpos tiene que poseer el doctorado.
A este respecto, me gustaría señalar la conveniencia de impulsar la movilidad entre estos dos últimos cuerpos docentes. Para ello, se podría, por ejemplo, promover la colaboración del profesorado de secundaria con las universidades mediante el desarrollo de funciones docentes a tiempo parcial. Ello facilitaría la intercomunicación entre estos dos niveles educativos, lo que redundaría, por ejemplo, en una mejor preparación del alumnado de secundaria de cara a los estudios universitarios.
Los distintos Colegios Oficiales de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias, ofrecen cursos de preparación para las oposiciones de secundaria. Explíquenos brevemente cuáles son los distintos recursos, materiales didácticos, cursos, servicios de acompañamiento... que ofrecen desde los Colegios a quienes se plantean preparar unas oposiciones a cuerpos docentes.
El Colegio de Doctores y Licenciados de Cataluña, por ejemplo, imparte cursos de preparación para las oposiciones de secundaria sobre las materias que corresponden a las titulaciones de sus asociados. Son cursos sobre los temarios específicos de dichas materias, cuyo objetivo básico consiste en asesorar y guiar en la realización de la prueba práctica de las oposiciones. Estos cursos se complementan con otros que ofrecen los recursos y criterios para el diseño de las unidades didácticas que componen una programación didáctica. Contamos con expertos profesionales conocedores de la realidad docente, que facilitan la formación, ayuda y materiales que necesitan los opositores.
¿Desde los Colegios participan en la definición de los temarios y de las pruebas al acceso de los cuerpos docentes? ¿Qué agentes participan en todo el proceso desde la convocatoria hasta la celebración y evaluación de las oposiciones?
Corresponde al Ministerio de Educación, previa consulta con las comunidades autónomas, establecer los temarios para los diferentes cuerpos y especialidades, salvo los correspondientes a especialidades de lenguas oficiales de comunidades autónomas, de los que se encargan las respectivas administraciones autonómicas.
La Consejería de Educación de cada comunidad convoca las oposiciones, indicando el número de vacantes y los plazos de la oposición, en tanto que la evaluación de las pruebas es llevada a cabo por funcionarios docentes que son elegidos por sorteo.
Aunque los Colegios de Licenciados no participen directamente en la definición de los temarios y las pruebas, mantenemos un diálogo fluido con las correspondientes administraciones educativas, que recaban nuestra opinión sobre temas que, como éste, tienen un interés prioritario para la profesión docente.
Las pruebas de acceso a las especialidades de cuerpos docentes constan de una fase de oposición y otra de concurso. ¿Cuál es el peso de la valoración de aptitudes didácticas y de conocimientos en las pruebas en la fase de oposición? ¿Qué mejoras o cambios introduciría en estas pruebas?
La calificación correspondiente a la fase de oposición es la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en la prueba de conocimientos específicos y en la de valoración de aptitud pedagógica, siempre que éstas dos hayan sido superadas.
No obstante, en nuestra opinión y como ya hemos apuntado anteriormente, este modelo de oposiciones ni es el más idóneo para iniciar adecuadamente la carrera docente ni favorece la calidad del sistema. En primer lugar, creemos que se tendría que valorar en gran medida la experiencia previa, ya sea en la privada, en la pública o en unas prácticas iniciales bien evaluadas. En segundo lugar, habría que incluir en los temarios de oposiciones una buena parte de temas relacionados con la profesión, como didáctica, organización escolar, gestión de centros, conocimientos legales, filosofía y sociología de la educación, administración educativa…
Se ha introducido tener en cuenta la corrección ortográfica en las pruebas escritas. ¿Cómo lo valora?
Muy positivamente. En unos momentos en que se habla insistentemente del deficiente nivel del alumnado en cuanto a expresión escrita, es lógico exigir al profesorado que escriba con corrección y que demuestre un buen conocimiento de las normas ortográficas.
El Real Decreto 334/2004 por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes que imparten las enseñanzas escolares del sistema educativo y en el Cuerpo de Inspectores de Educación establece tres grandes bloques de méritos a valorar en la fase de concurso: experiencia docente (máximo de 5,5 puntos), formación (1,5 puntos para la formación académica y 5 puntos para cursos de formación y perfeccionamiento) y otros méritos (máximo de 1,5 puntos). ¿Qué opina sobre el peso otorgado a cada uno de estos méritos y qué cree que se puede valorar dentro del apartado de otros méritos?
El apartado de "otros méritos” puede ser un cajón de sastre en el que entiendo que se tenderá inevitablemente a valorar cosas como el doctorado, o artículos y publicaciones, cosa que preocupa. El problema es que los tribunales tienden, repito, inevitablemente a cuantificar, cosa que evita la cualificación, que es lo que tiene que ver con la calidad. Estoy muy de acuerdo en que, por fin, se otorguen cinco puntos y medio a la experiencia docente, pero si la forma de repartir los puntos es a tanto por año, vamos a hacer muy mal negocio. Lo que interesa es que el candidato llegue a las oposiciones con una nota cualitativa de unas prácticas debidamente tutorizadas, de calidad, que acaben con un informe cualificado de la escuela donde se hicieron las prácticas o, en su caso, que el candidato tenga que demostrar, en la fase de oposición, que los años de experiencia se han convertido en habilidades profesionales. Lo mismo puede ocurrir con los ”cursos de formación y perfeccionamiento”, que normalmente no evalúan sino la mera asistencia. La conclusión es clara: la intención de los cambios es muy positiva, pero para que los méritos sirvan a la excelencia profesional y a la calidad de escuela en general hay que relacionarlos con la calidad de las habilidades profesionales adquiridas. Si no es así, me temo que la reforma va a ser deglutida, como otras, por las dinámicas burocráticas.
Las comunidades autónomas con lengua propia valoran dentro del bloque de otros méritos el conocimiento de la lengua propia de la comunidad. ¿Qué opina al respecto?
Sin perjuicio de la anterior respuesta, me parece bien que se valore como mérito un buen nivel de conocimiento de la lengua propia de la comunidad, ya que de ese modo se promueve la competencia lingüística del profesorado a la hora de impartir la docencia en dicha lengua, lo que, en última instancia, contribuye a mejorar las habilidades expresivas del alumnado.
¿Cree que es necesaria la medida propuesta por algunos sindicatos para reducir la inestabilidad laboral de la profesión, consistente en establecer unas oposiciones sólo para el 20% de personal interino como proceso extraordinario para regular su situación de temporalidad o la considera discriminatoria para otros colectivos (como los recién diplomados/licenciados o los profesionales que han ejercido en la educación)?
Dada la gran bolsa de interinos existente en la actualidad, no me parecería mal, siempre y cuando se tratara de un proceso extraordinario y no impidiera la convocatoria "ordinaria” de plazas para los otros colectivos.
¿Cómo debería plantearse la formación continua y el reciclaje de los y las docentes que han opositado y obtenido plaza en la Administración Pública? ¿De qué manera se vela desde los Colegios de Licenciados por esta formación continua?
La LOGSE ya explicitaba, y la LOE vuelve a repetirlo, que la formación permanente constituye un derecho y una obligación de todo el profesorado y una responsabilidad de las Administraciones educativas y de los propios centros. Sin embargo, creo que la evidente responsabilidad e iniciativa de las administraciones educativas y de los centros en materia de formación permanente del profesorado, tanto del sector público como del privado, no debe impedir que los docentes, por medio de las entidades que los representan, y en concreto, de los colegios profesionales, organicen con autonomía unos cursos de formación que den respuesta a sus necesidades. De hecho, la formación permanente es una de las prioridades de los Colegios de Licenciados desde hace ya mucho tiempo. En concreto, el Colegio de Doctores y Licenciados de Cataluña lleva muchísimos años organizando cursos que contemplan la práctica docente de las materias del currículum, así como la adquisición de nuevos conocimientos. Nuestro Colegio pretende facilitar al profesorado los recursos didácticos que le sean útiles para mejorar su labor docente y los cursos están reconocidos por el Plan de Formación Permanente del Departamento de Educación de la Generalitat de Cataluña.
A propósito de este tema, me gustaría añadir que las medidas que vinculan automáticamente la formación permanente con la promoción sin que se haga ningún tipo de evaluación sobre la eficacia de la primera pueden llegar a constituir una perversión de la propia formación, ya que, como apuntábamos antes, ésta se puede ver como un simple requisito administrativo para obtener méritos para opositar en otro nivel, para los sexenios, etc. En este sentido, me parece imprescindible introducir la cultura de la evaluación en la formación permanente: no tanto de la satisfacción de los asistentes a las actividades formativas, sino la evaluación diferida a medio plazo, es decir, los cambios reales que la formación provoca en las actividades del aula o en la gestión del centro. En este aspecto la inspección educativa debería tener un papel clave.
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