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A vueltas con el crédito europeo: sus ventajas para el alumnado

Artículo de opinión


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Aurora Gutiérrez Nogueroles, Asesora para el EEES de la UNED
Establecer un Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) para el año 2010 es -como se sabe- el objetivo principal en que está empeñada actualmente la Universidad española. Para empezar a conseguir este objetivo y en desarrollo de la Ley Orgánica de Universidades, se han aprobado por el Gobierno y publicado en el BOE núm. 21, de 25/01/2005, dos importantes normas reglamentarias, cuyos respectivos contenidos se han tratado de adecuar a los objetivos a conseguir por el mencionado EEES. Me refiero al Real Decreto 55/2005, de 21 de enero, por el que se establece la estructura de las enseñanzas universitarias y se regulan los estudios universitarios oficiales de Grado; y al Real Decreto 56/2005, de 21 de enero, por el que se regulan los estudios universitarios oficiales de Posgrado. Se trata, por supuesto, de un primer paso, cuya ejecución exigirá, lógicamente, que por el Ministerio de Educación y Ciencia y por las Universidades, en el ámbito de sus respectivas competencias, se dicten las oportunas normas de desarrollo (según dispone la Disposición Final tercera de cada uno de los dos decretos). Dos años atrás, ya se habían aprobado con la misma finalidad otros dos Reales Decretos -el 1044/2003, de 1 de agosto, y el 1125/2003, de 5 de septiembre- que regulaban, respectivamente, el procedimiento para la expedición del Suplemento Europeo al Título y la adaptación al sistema europeo de créditos.

Cuando todo este conjunto normativo adquiera su plena efectividad, es claro que de ello se derivarán considerables ventajas para estudiantes y profesores en comparación con el sistema vigente hasta ahora. Voy a limitarme a exponer, a grandes rasgos, las que considero más importantes para los alumnos, ya que, para hablar de los profesores, parece preferible esperar a la aprobación del decreto que se refiere a ellos.

Con la implantación del sistema de créditos europeos (ECTS), el estudiante español va a encontrar una estructura uniforme de titulaciones a nivel europeo (Grado y Posgrado) y a disfrutar de una calidad de enseñanza garantizada, teniendo la posibilidad de trasladarse a la universidad europea donde prefiera estudiar sin necesidad de pasar por engorrosos trámites de homologación. Tendrá, además, una carga lectiva ajustada (es decir, que nunca será excesiva) y congruente con la formación académica que pretende y un sistema objetivo de evaluación académica, que generará unas calificaciones fácilmente transformables en una escala europea (grados ECTS). Una vez obtenida la titulación, verá automáticamente reconocida su cualificación profesional en cualquier país integrado en el EEES. Todo ello está dirigido, indudablemente, a fomentar su movilidad, no sólo a la hora de formarse para obtener el Título de Grado o de cursar estudios oficiales de Posgrado, sino también cuando, una vez terminados sus estudios, llegue el momento de ejercer su profesión.

Para el alumno de la UNED existe, además, una ventaja adicional, consistente en lo que venimos llamando "movilidad virtual”, que implica la utilización de medios telemáticos de última tecnología, en orden a lo cual nuestra Universidad dispone de alguna ventaja sobre las demás Universidades, por haber sido los pioneros en este campo.

¿En qué me baso para hacer estas afirmaciones? Pues, sencillamente, en lo que es el pivote central sobre el que gira todo el sistema: el concepto de "crédito europeo”. Por tal hay que entender "la unidad de medida del haber académico”, cuya concreta determinación se basa en el cálculo del esfuerzo total que debe realizar un "alumno medio” para alcanzar la formación adecuada. Para efectuar dicho cálculo hay, pues, que tener en cuenta las horas dedicadas a recibir clases (teóricas y prácticas), a realizar otras actividades académicas dirigidas (seminarios, prácticas, trabajos de investigación, proyectos,…), a estudiar las materias propias de su titulación y a realizar los correspondientes exámenes o pruebas de evaluación. Supuesta la corrección del cálculo efectuado para cada materia propia de las distintas titulaciones oficiales de Grado (dentro de los límites reglamentariamente establecidos), hay que deducir, como corolario, la igualdad en el esfuerzo para conseguir una titulación oficial, cualquiera que sea la Universidad en que se estudie. Es decir, el aprendizaje de los contenidos propios de cada titulación académica requerirá un igual "esfuerzo medio”, ya que "todos los planes de estudio conducentes a la obtención de una misma titulación oficial habrán de contar con el mismo número de créditos” (art. 10.4 del mencionado Real Decreto 55/2005), evitándose con ello el exceso de la carga docente, que es un problema frecuente en la Universidad de hoy.

Por otra parte, si se garantiza una calidad "media” de la enseñanza recibida por el alumno, cuando éste haya obtenido los créditos suficientes para la obtención del título oficial de Grado o de Posgrado, el ECTS le sirve para que le sea reconocida una formación académica equivalente a la de sus colegas de cualquier Universidad europea integrada en el sistema. Para la efectividad plena de dicho reconocimiento existe, además, un adecuado instrumento jurídico: el Suplemento Europeo al Título, que es un documento que acompaña al título oficial obtenido y en el que se contiene "la información unificada, personalizada para cada titulado universitario, sobre los estudios cursados, los resultados obtenidos, las capacidades profesionales adquiridas y el nivel de su titulación en el sistema nacional de educación superior” (art. 3 del Real Decreto 1004/2003).

En mi opinión, desde luego, el futuro de la Universidad española y, en particular, de la UNED, en cuanto que integrada en el EEES, no puede traer más que ventajas para los estudiantes.
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